Código ético

 

CODIGO ÉTICO

 

Contenido

  1. INTRODUCCIÓN 3
  2. PRINCIPIOS ÉTICOS 3

2.1 LA MOTIVACIÓN DE LA EMPRESA 4

2.2 CRITERIOS DE COMPORTAMIENTO 6

2.3 CRITERIOS RELACIONALES 6

2.3.2 Colaboradores 7

2.3.3 Empleados 7

2.3.4 Organismos públicos 8

2.3.4 Partidos políticos. 8

  1. IMPLEMENTACIÓN 9

3.1 FUNCIONES. 9

  1. CANAL DE INCIDENCIAS Y ORGANO DE COMPLIANCE PENAL 10

 

1. INTRODUCCIÓN

RAFA GRAU TRANSPORTS, S.L es una empresa de logística y transportes. Concretamente, la compañía se dedica a: 

1.Transporte de mercancías, por cualquier medio de transporte, tanto ámbito nacional como internacional. Códigos C.N.A.E ( 4920, 4941, 5020, 5040, 5121).

  1. Actividades propias de una agencia u operador de transporte de mercancías, con el mismo ámbito, código C.N.A.E  (5229).
  2. Actividades propias de almacenista distribuidor u operador logístico, código C.N.A.E  (5229).

 

Este documento ha sido aprobado por la directiva de Rafa Grau Transports eldía16/09/2019.

Contiene un conjunto de normas y principios de buen gobierno y conducta profesional que será de aplicación a todos los miembros de la empresa.Además, la compañía impulsará que todos los proveedores y colaboradores con los que mantenga relación adopten una conducta acorde a los principios estructurales éticos del Código que nos ocupa. El Código de Conducta tiene validez tanto en España como en el extranjero.

El objetivo principal es procurar una atención al cliente basada en criterios de confianza, transparencia y competitividad, siempre garantizando que las actuaciones que realizamos se ajusten a la legislación vigente.

La empresa se ha propuesto ir más allá y crear una cultura de cumplimiento basada en:

  1. a) Los principios éticos, que deberán regir cualquier comportamiento o actuación empresarial.

b)Los criterios de comportamiento a los que estamos sujetos los integrantes de la empresa. Éstos deberán basarse en respeto a los derechos fundamentales del entorno en el que se mueven y el acatamiento a la normativa interna y externa que les afecte.

2. PRINCIPIOS ÉTICOS

Todos los miembros de la empresa deberán mostrar respecto al ordenamiento jurídico vigente en todos los territorios en los queRafa Grau Transports desarrolla sus actividades. La empresa podrá implantar las medidas que considere necesarias para garantizar el respeto de los derechos fundamentales, los principios de igualdad de trato y de no discriminación, los derechos laborales, medioambientales y de lucha contra la corrupción.

2.1 LA MOTIVACIÓN DE LA EMPRESA

En Rafa Grau Transports creemos que debemos incentivar la creación de condiciones necesarias para que nuestra empresa crezca y se desarrolle de forma que pueda optimizar sus recursos y mejorar la calidad de nuestros servicios y productos.

Aunque el crecimiento nos parece fundamental, pensamos que no debe ser a cualquier precio. Por ello nos comprometemos  a hacerlo, implantando medidas que respeten:

– los valores éticos,

-las necesidades y expectativas de los empleados y su seguridad

-el entorno natural

-la transparencia

En colación con lo anteriormente expuesto, se ha de añadir que para la empresa es indispensable:

1)La seguridad de sus empleados. La Prevención de Riesgos Laborales  constituye un capítulo prioritario para la empresa, y de ahí el compromiso de facilitar los medios necesarios para eliminar o reducir los riesgos laborales inherentes al desempeño de la profesión u oficio en la empresa.

2) Protección y respeto al medio ambiente. Desarrollamos nuestra actividad procurando minimizar los impactos ambientales negativos y prevenir la contaminación, promoviendo la investigación, desarrollo e innovación que mejore los procesos y procurando la formación de nuestros empleados y profesionales sobre la adecuada gestión ambiental y la gestión óptima del patrimonio natural. Tomamos medidas reales y directas en beneficio del medio que nos rodea, procurando siempre que nuestra actuación sea parte de un desarrollo industrial sostenible.

3) Transparencia y confidencialidad. En Rafa Grau Transports manejamos la información con máxima cautela, preservando  la confidencialidad y disponibilidad de la misma; minimizando los riesgos provenientes de su divulgación y mal uso tanto interna como externamente. Todo ello en base al nuevo Reglamento Generalde Protección de Datos (RGPD) queentró en vigor el pasado 25 de mayo de 2018.

Por otro lado, nos comprometemos a transmitir información sobre la compañía de forma completa yveraz donde se reflejará adecuadamente la situación real de la  empresa. Rafa Grau Transports  garantizará la uniformidad en la documentación informativa mediante la publicación en la página web de todos los documentos de interés que tenga la obligación legal o el deber ético de hacer público, atendiendo a la utilidad que tengan para sus destinatarios. 

 

2.2 CRITERIOS DE COMPORTAMIENTO

Los criterios de conducta por los que se rige la empresa y sus miembros, están basados y orientados en cuatro pilares:

  • Prestar un servicio de calidad para conseguir la fidelidad y confianza de nuestros clientes, con el que se pretende obtener un prestigio basado en el desarrollo de una actividad íntegra.
  • Respetar e impulsar la formación de nuestros trabajadores.
  • Adecuar nuestra actividad con respeto al entorno natural.
  • Desarrollar nuestra actividad de acuerdo alas exigencias legislativas, cumpliendo de buena fe con los contratos creados con los trabajadores, proveedores, financiadores, clientes y consumidores finales.

 

2.3 CRITERIOS RELACIONALES

2.3.1 Clientes. 

Las relaciones  con los clientes se regirán por los principios de honestidad y responsabilidad profesional. Será necesario respetar los compromisos adquiridos con los clientes, anunciando con la debida antelación cualquier cambio, modificación, alteración o variación en los acuerdos verbales y escritos, incentivando las relaciones transparentes con los mismos y siendo íntegros en todas las actuaciones profesionales que les repercutan.

Los contratos con los clientes deberán ser entendibles y directos, evitando recurrir a  prácticas incorrectas. Desde la empresa nos comprometemos a no utilizar  instrumentos publicitarios engañosos o falsos.

En Rafa Grau atenderemos cualquier reclamación procedente de nuestra clientela y  será entendida como una aportación positiva para mejorar los productos y servicios ofrecidos.

2.3.2 Colaboradores

Nuestros colaboradores son miembros indispensables para el funcionamiento de la empresa. La elección de los mismos se basará en criterios de competitividad y calidad reconocida. 

En caso de que alguno de nuestros colaboradores adopte comportamientos no conformes con los principios de nuestro Código Ético, estaremos facultados para tomar las medidas oportunas, y podremos extinguir la relación que nos une rechazando la colaboración en un futuro con dicho proveedor.

Los transportistas autónomos son considerados colaboradores decisivos en nuestra estrategia empresarial. Por este motivo nos vemos obligados a exigir a todo transportista autónomo el conocimiento y estricto cumplimiento de nuestro Código Ético o cumplimiento de cláusulas éticas, para que en su labor eviten comportamientos prohibidos que puedan poner en evidencia la buena praxis de nuestra actividad empresarial.

 

2.3.3 Empleados

En Rafa Grau tenemos la obligación moral de evitar cualquier forma de discriminación con respecto a los empleados. De hecho, para los puestos de trabajo se tiene en cuenta las capacidades y eficiencia pero también se favorecerá una estructura laboral flexible que facilite la conciliación de la vida laboral y familiar.

La empresa pone al alcance de todos los trabajadores instrumentos formativos e informativos con la finalidad de valorar sus competencias específicas y desarrollar el valor profesional de los empleados cuando los mismos sean necesarios para desarrollar la tarea que se le encomienda.  A continuación se detallan aspectos prioritarios en el trato y condiciones de trabajo

-Igualdad de género. Todos los miembros de la empresa respetaremos el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres. Desde la dirección se promoverá activamente la no discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo, y la defensa y aplicación efectiva del principio de igualdad entre hombres y mujeres en el ámbito laboral. La empresa tomará medidas disciplinarias contra cualquier miembro que lleve a cabo una actuación discriminatoria por razón de sexo.

-Seguridad de los empleados. En la  empresa asumimos la protección de nuestros trabajadores  adoptando medidas necesarias consistentes en eliminar o reducir los riesgos, garantizando a su vez que los requisitos legales aplicables sean respetados, promoviendo la consulta y participación de los trabajadores, y concienciando y sensibilizando a toda la plantilla en la prevención de riesgos.

 

Respeto a los trabajadores. Desde la empresa garantizamos el derecho a un entorno de trabajo respetuoso con la dignidad de la persona. Por ello, velaremos por la protección de los trabajadores frente a actos de violencia psicológica o comportamientos discriminatorios de la persona, de sus convicciones y de sus preferencias.Se adoptarán las medidas oportunas para impedir y en su caso, corregir el acoso sexual, el mobbing y cualquier otra forma de violencia o discriminación, comunicando a su personal que estará terminantemente prohibido la adopción de comportamientos o discursos que puedan dañar la sensibilidad personal del destinatario.

2.3.4 Organismos públicos

Nuestra actividad, ha requerido en alguna ocasión, relacionarse con organismos públicos, autoridades y funcionarios, lo cual significa que se precisa una regulación específica, debido al riesgo derivado de este hecho. Estas relaciones se regirán por el estricto cumplimiento de las distintas normativas fiscales, de seguridad social y de prevención del blanqueo de capitales vigentes; quedando prohibidas aquellas acciones tendentes a conseguir o dispensar favores a organismos públicos. En concreto, está prohibida la entrega o realización de regalos, obsequios o favores a funcionarios públicos españoles o extranjeros, auditores, consejeros, etc. que pueda influir en la independencia de juicio o inducir a la prestación de favor.

2.3.4 Partidos políticos.

Para cumplir con el ordenamiento jurídico, quedarán prohibidos aquellos actos que tengan relación con la financiación de partidos políticos o de patrocinio de eventos que tengan como objetivo único la actividad política. Además, nos abstenemos de ejercer ningún tipo de presión directa o indirecta de carácter político, ya que puede dañar nuestra imagen y reputación.

3. IMPLEMENTACIÓN

 

El Órgano encargado del Cumplimiento del Código Ético seha establecido como un Órgano de Compliance Penal Unipersonal constituido por el Responsable Legal de Rafa Grau Transports, S.L. que actúa como ComplianceOfficer. El asesor externo podráasesorar sobre la adopción de normativas que promuevan el comportamiento ético y el cumplimiento del presente Código Ético.

3.1 FUNCIONES.

El órgano deCompliance Officer tendrá las siguientes funciones: 

  • Comprobar la debida aplicación del Código Ético
  • Revisar las medidas fijadas para la publicación del conocimiento y la comprensión del Código Ético.
  • Establecer los controles para evitar reiteradas conductas prohibidas que pudieran generar responsabilidad jurídica a la organización, dentro de su ámbito de actuación. 
  • Proponer al órgano de dirección las modificaciones e integraciones correctoras que fueran necesarias para mejorar el Código Ético y mantener, difundir y actualizar el presente Código Ético.

Este Código Ético se pondrá en conocimiento de aquellos a los que incumba su aceptación y cumplimiento mediante las medidas de comunicación que se requieran y a través de su publicación en la página web de la compañía.

Para llevar a cabo el objetivo de asegurar un entendimiento óptimo del Código Ético a todos los niveles, aquellas personas que lo requieran dispondrán de auxilio formativo en esta materia dirigido por un profesional competente, para así favorecer el conocimiento de los principios y de las normas éticas previstas.

4. CANAL DE INCIDENCIAS Y COMITÉ ÉTICO

 

Tal y como marca la ley, en la empresa hemos implementado un canal de comunicaciones e incidencias a través del cual cualquier miembro de la empresa puede informar sobre cualquier incidencia que sea relevante y esté relacionada con incumplimientos y sus riesgos. Debido a que este canal está a disposición de un número elevado de personas, hemos optado por un canal simple, accesible y eficaz

Es muy importante que todos conozcan, que el responsable principal de llevar a cabo este procedimiento será elComplianceOfficer que debe velar por el efectivo cumplimiento del Código Ético, el buen funcionamiento del canal de denuncias y se hará cargo de la investigación de las incidencias. Entre sus funciones más importantes destacan:

  • Recibir y registrar todas las manifestaciones que entren por el canal de incidencias.
  • Investigar cualquier situación de incumplimiento del Código Ético o de la normativa que lo desarrolla a raíz de una comunicación recibida a través del Canal Ético o por iniciativa propia. 
  • Obtención de conclusiones definitivas y la valoración de los resultados de esa investigación.
  • Proponer al área de Recursos Humanos o al área que corresponda las sanciones oportunas según las características de cada caso de incumplimiento, así como las medidas de modificación normativa en su caso. 

Hemos de enfatizar que las incidencias no pueden ser anónimas, sin embargo, el trato de los datos del comunicante deben ser CONFIDENCIALES, esto quiere decir que los datos del denunciante estarán a salvo, por lo queestá expresamente prohibido facilitar los datos personales del informante al presunto infractor en ningún momento y en ningún caso (ni aunque la denuncia resultase ser falsa podría facilitarse esta información). Además, desde la empresa aseguramos que no habrá ningún tipo de represalias o consecuencias frente a todo el que de buena fe, sin ánimo malicioso, hubiera denunciado.

La incidencia se podrá tramitar mediante correo electrónico ética@rafagrau transport.com o mediante el buzón de incidencias que estará situado en las oficinas de administración.

La Compliance Officer enviará informes sobre los incumplimientos del Código Ético al asesor externo detectados tras la prudente investigación del asunto, en la que será oído el denunciado y el denunciante y se recabarán las pruebas que demuestren los hechos alegados en la denuncia.

Ningún integrante de la empresa, independientemente de su nivel o posición, está autorizado para solicitar que un profesional cometa un acto ilegal o que contravenga lo establecido en el presente Código Ético.